¿Reproducir plantas es delito? Un floricultor de la localidad de Chipiona (Cádiz) ha sido condenado a seis meses de prisión, multa e indemnización por daños y perjuicios causados por reproducir plantas de clavel pertenecientes a la variedad protegida ‘Wesroman’, según ha informado la asociación nacional de obtentores vegetales (Anove) en un comunicado. Esta reproducción tenía lugar mediante el enraizamiento de esquejes de las plantas, con lo que se multiplicaban y luego se plantaban para producir flores destinadas al mercado. Esta sentencia, que ha sido dictada por el Juzgado de lo Penal número cuatro de Cádiz y contra la que no cabe recurso, indica que el condenado ha cometido un delito contra la propiedad intelectual, que se encuentra tipificado en el artículo 274,3 del actual Código Penal. Puesto que este tipo de clavel pertenece a una variedad vegetal protegida, la entidad titular de esta protección cuenta con una serie de derechos exclusivos según la ley. Entre
Vi veri veniversum vivus vici.-